Artículo 2: La libertad y el derecho a manifestarse es inherente a la naturaleza de todo ser, por tanto, se garantiza la libertad de reunión. En el caso de los fermiones, estos solo podrán manifestarse de uno en uno.
Artículo 3: Debe asegurarse la conservación de la energía, el momento, la carga, el momento angular, en número leptónico, el encanto, el número leptónico, el sabor y cualesquier cantidades que se inventen a lo largo de la historia para salvaguardar el equilibrio.
Artículo 4: Todo proceso termodinámico tiene el derecho a aumentar la entropía del universo.
Artículo 5: Todo proceso termodinámico tiene derecho a alcanzar un mínimo de energía interna.
Artículo 6: La virginidad de la paridad debe respetarse bajo cualquier circunstancia.
Artículo 7: Toda partícula con masa tiene derecho a tener una antipartícula.
Artículo 8: Toda solución a una ecuación diferencial tiene derecho existir y a ser única.
Artículo 9: Cualquier partícula tiene derecho a ser considerada como onda.
Artículo 10: La velocidad de la luz tiene derecho a ser constante en cualquier sistema de referencia.
Artículo 11: La velocidad de la luz no es constante, puede valer 1m/s o 300 000 000 m/s
Artículo 12: El cero absoluto tiene derecho a permanecer inalcanzable.
Artículo 13: El cuerpo negro tiene derecho a no ser negro.
Artículo 14: Toda energía tiene derecho a estar degenerada.
Artículo 15: Cualquier ente tiene derecho a pasar por la rendija que le venga en gana. Asimismo, podrá pasar por las 2 a la vez.
Artículo 16: Los electrones tienen derecho a difractarse.
Artículo 17: Se reconoce la libertad de carga y masa.
Reforma de la Declaración Universal de los Derechos Físicos:
Artículo 18: la constante de planck, la velocidad de la luz, la permitividad del vacio asi como cualquier constante que venga en gana tiene derecho a ser igual a uno. En el caso de la constante de Planck también tiene derecho a tender a cero
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